BANDO DE FERIA 2006
Malagueños, malagueñas, ciudadanos que nos visitan:
Un año más la Feria de Málaga se avecina.
Durante los próximos días 11 al 20, nuestra ciudad se convertirá en lugar de encuentro de propios y foráneos en un ambiente festivo y multicultural. Animo pues, a disfrutarla, con el convencimiento de que un año más superaremos el anterior gracias al trabajo y esfuerzo de muchas personas. Al mismo tiempo, y para garantizar la cívica convivencia, hago públicas, las siguientes:
DISPOSICIONES
Feria del Centro.
Las casetas y los comercios deben cumplir las siguientes normas:
La música estará unificada por tipos en calles del Centro Histórico autorizadas por el Ayuntamiento. El nivel de emisión de música de las casetas del centro no debe superar los 80 dB(A), tanto si procede de actuaciones o equipos de sonido.
Salvo los autorizados por el Ayuntamiento, están prohibidos los altavoces en las calles.
Tampoco están permitidas las barras de alcance, situadas fuera de los establecimiento. Las bebidas que se consuman en el exterior no podrán ser servidas en recipientes de vidrio, ya sean vasos o botellas.
Los establecimientos dedicados a una actividad diferente a la hostelera no recibirán licencias temporales. Éstas sí se podrán conceder a los patios andaluces de inmuebles situados en el centro histórico.
La Feria del Centro finaliza a las 18:00 h., momento en que cesará la música exterior. En el interior de los establecimientos su nivel acústico será el autorizado normalmente. A partir de las 18:30 horas comenzará la limpieza de las calles y plazas, por lo que deberá cesar toda actividad en la vía pública.
Está prohibida la instalación de muebles y enseres domésticos en las calles.
Si algún establecimiento incumple estas disposiciones podrá ser sancionado con el cierre por un día o durante toda la feria si se produce reincidencia.
Consumo.
Los establecimientos que vendan bebidas y alimentos en el Centro y en el Real deben tener expuesta en un lugar visible la lista de precios sellada por el ayuntamiento. También dispondrán de hojas de reclamaciones. Las empresas deberán garantizar que sus empleados tengan la formación adecuada para poder manipular alimentos, cumpliendo la normativa sanitaria vigente, especialmente en el uso del huevo, en salsas o comidas y en la prohibición de venta de inmaduros. Todos los alimentos deberán estar refrigerados o protegidos para evitar su contaminación.
Se recuerda que los puestos ambulantes no podrán vender bebidas alcohólicas.
Seguridad Ciudadana.
La Policía Local de Málaga podrá realizar las comprobaciones necesarias tanto en los locales como en la calle para retirar armas u otros medios de agresión, según se recoge en el artículo 18 de la ley Orgánica 1/1992. Se prohíbe que las tómbolas den armas blancas como premios y se considerará falta grave permitir la venta y consumo de drogas ilegales en el interior de las casetas.
El personal de seguridad de las casetas deberá llevar su identificación en lugar visible.
Trabajos de carga y descarga.
Estas tareas se realizan en el horario establecido, no dejando ningún residuo en las calles. El horario de carga y descarga en el Real es de 08:00 h. a 12:00 h. y se recuerda que los vehículos sólo podrán estacionar en los aparcamientos.
Las Casetas del Recinto Ferial.
Hay una serie de normas que deben cumplir las casetas no comerciales ni industriales. Su acceso es libre y gratuito. Deberán permanecer abiertas todos los días de la feria, debiendo cerrarse a las 06:00 h., salvo las vísperas de festivos y festivos que podrán ampliar el horario hasta las 07:00 h. Todas ellas deberán tener en zona visible el número de módulos y su nombre, que debe ser el mismo que el de la solicitud. Está prohibido cualquier elemento publicitario en las fachadas.
Las casetas de la zona familiar deben habilitar un espacio específico con sillas y mesas, que no puede ser inferior al resto del espacio de la caseta, sin contar el ocupado por la barra, cocina, almacén y servicios sanitarios. Estas mesas y sillas no podrán ser retiradas durante el horario de apertura. El aforo de esta zona de la caseta no podrá ser superior al número de sillas existentes.
Solamente están autorizadas a no poner mesas y sillas las casetas de la zona familiar situadas entre los módulos 119 y 126 y del 161 al 168, así como las situadas en la zona de la juventud.
Toda la actividad debe realizarse dentro de la caseta, no pudiendo venderse alimentos, bebidas u otros artículos a la calle, ni situar cualquier elemento en el exterior. El volumen de la música no debe superar los 100 dB(A).
El montaje de estructuras interiores y decorados de las casetas no podrán sustentarse en los elementos interiores, los paramentos circundantes y estructuras para los parasoles instalados por el ayuntamiento. También se prohíbe alterar el montaje realizado por los Servicios Operativos y clavar, atornillar o manipular los paneles de división vertical de las casetas. Cualquier desperfecto ocasionado en los bienes propiedad del ayuntamiento recaerá en los titulares de las casetas.
La titularidad de las casetas se otorga anualmente únicamente para el periodo de feria, prohibiéndose su traspaso y la utilización de estas dependencias por dos o más entidades sin contar con la autorización municipal. También está prohibido acceder a los callejones traseros de servicios entre casetas sin acompañamiento de personal municipal.
El incumplimiento de cualquiera de estas normas supondrá el levantamiento de un acta de denuncia y la clausura inmediata de la caseta si en 24 horas no se subsana la anomalía o se reincide en el incumplimiento. Si esto ocurre no podrá ser adjudicatario de una caseta en años posteriores. Además los adjudicatarios estarán sometidos a la legislación vigente y a las directrices del Ayuntamiento de Málaga.
Paseo de Caballos en el Real.
El horario del paseo de caballos es de 12:00 a 19:00 horas en el circuito establecido. Tanto caballos como enganches se desplazarán exclusivamente al paso o al trote, prohibiéndose ir al galope y realizar cualquier exhibición que no haya sido autorizada previamente.
Todos los participantes del paseo deberán llevar la tarjeta sanitaria equina y el recibo original o copia autenticada del seguro de responsabilidad civil.
Se recomienda tanto a caballistas como a cocheros que vayan vestidos de manera tradicional y acorde al enganche o montura. En cualquier caso, no está permitido pantalón corto, vaqueros, zapatillas e ir con el torso desnudo.
Se prohíbe expresamente la entrada en el recinto ferial de carretas o vehículos a motor transformados, que los participantes del paseo lleven algún tipo de publicidad y el transporte de bebidas y alimentos. Ni caballistas ni cocheros podrán acceder a los acerados y a las vías peatonales. Por último, también está prohibido el alquiler de caballos para el paseo tanto en el recinto ferial como en sus inmediaciones.
Los enganches deben ser guiados por un cochero y asistido por un acompañante, salvo los enganches en limonera en los que se puede prescindir del acompañante. Cuando estén parados el cochero o el acompañante deben permanecer en el pescante con el control de los animales. Los caballos atados tampoco pueden dejarse solos, debiendo sus jinetes vigilarlos en todo momento.
Tanto los cocheros como los acompañantes deben ser mayores de edad. En el caso de los caballistas menores de edad tienen que estar acompañados por un adulto y tener autorización de padres o tutores, que asumirán las responsabilidades que puedan derivarse.
El incumplimiento de estas normas originará las sanciones pertinentes. La autoridad competente podrá ordenar la inmovilización de los caballos y carruajes o su expulsión del recinto ferial si se reincide en el incumplimiento de las normas, si se resiste a colaborar o ante cualquier circunstancia grave que así lo exija.
Finalmente, invito a todos a disfrutar de nuestra Feria con un espíritu de hospitalidad y concordia.
Estoy convencido que con la colaboración de todos conseguiremos transmitir y proyectar aún más, la mejor imagen de nuestra ciudad.
Málaga, 10 de agosto de 2006
EL ALCALDE-PRESIDENTE,
Francisco de la Torre Prados.